miércoles, 16 de octubre de 2013

Licencias de obra en Estepona (XIII)

La licencia de obras en Estepona (XIII)

Obligaciones materiales de los titulares de Licencias de obra


La Ordenanza municipal reguladora de la concesión de licencias urbanísticas en Estepona establece las siguientes obligaciones materiales para los titulares de Licencias de obra:
  • ajustar la ejecución de las obras al proyecto autorizado por la licencia, presentando, en su caso, las modificaciones practicadas en el mismo
  • garantizar, en su caso, la conversión de la parcela en solar, mediante la presentación de aval en la cuantía necesaria y del compromiso de ejecutar simultáneamente las obras de edificación y las de urbanización
  • en obras sobre edificios existentes que afecten de forma sustancial a la fachada, trasladar cuantos cables y conductores de suministros pueda haber montados sobre la misma a tubos o canalizaciones en vacío ubicados en el subsuelo de la acera o calzada colindante con la alineación oficial de la parcela, construyendo los correspondientes registros
  • en el caso de licencias de obra mayor de nueva edificación obtenidas en ámbitos de Suelo Urbanizable o Suelo Urbano No Consolidado en las que la obra de urbanización ejecutada simultáneamente implique su transformación en Suelo Urbano Consolidado, las garantías adicionales previstas, incluida la constitución de aval que garantice suficientemente el coste de ejecución de las obras de urbanización pendientes, deberá formalizarse con carácter previo a la comunicación del inicio de las obras
  • colocar un cartel informativo de las principales características de las obras, de su alcance, de su desarrollo, de los agentes que intervienen, de la fecha de la licencia concedida, del número del expediente y del plazo de ejecución, visible desde la vía pública para garantizar el efectivo y preciso reconocimiento por los ciudadanos de que la intervención cuenta con la preceptiva aprobación, autorización o licencia, y mantenerlo en buenas condiciones mientras dure la intervención
  • disponer siempre en la obra de copia de la Licencia de edificación concedida
  • adoptar cuantas medidas de seguridad y salud laboral establezca la normativa vigente, tanto respecto a la edificación como a la vía pública
  • reparar los desperfectos que la ejecución de las obras pueda causar en la vía publica, constituyendo garantía suficiente al efecto
  • retirar, en un plazo no superior a 5 días desde la finalización de las obras, los materiales sobrantes, andamios, vallas y cerramientos.
PROYECTOS DE EDIFICACION EN ESTEPONA














Daniel Trujillano, arquitecto

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