martes, 27 de agosto de 2013

Licencias de obra en Estepona (X)

La licencia de obras en Estepona (X)

Inicio de obra mayor de nueva edificación. Licencias provisionales. Otras actuaciones.


En obras de nueva edificación, la comunicación del inicio de las obras debe acompañarse del Acta de replanteo, debidamente firmada por el promotor, el constructor y la dirección facultativa. El Acta de replanteo debe declarar la conformidad con la tira de cuerdas incluida en la licencia urbanística.

Licencia de obras provisionales

El Ayuntamiento de Estepona puede otorgar licencia para el desarrollo de usos u obras provisionales no previstas en el correspondiente instrumento de planeamiento, siempre que no dificulte la ejecución del mismo. La licencia de obras provisionales tiene por objeto comprobar que dichas obras no están expresamente prohibidas por la legislación urbanística o sectorial, y tampoco por el planeamiento general. Tienen acceso al Registro de la propiedad y no generan derecho a indemnización en el caso de ser necesario el cese del uso o la demolición de las obras a requerimiento municipal. Para garantizar la ausencia de costes para el municipio en el caso de que el interesado no ejecutase la demolición de las obras o la erradicación de los usos, el Ayuntamiento puede exigir la presentación previa de un aval por la cuantía que resulte de la valoración del coste de dicha demolición o erradicación.

Otras actuaciones urbanísticas

Aparte de las obras que se incluyen en proyectos de urbanización o de edificación, la Ordenanza municipal reguladora de la concesión de licencias urbanísticas en Estepona define otras actuaciones urbanísticas, las cuales se integran en los siguientes grupos:
  • obras civiles singulares, como las de construcción o instalación de piezas de arquitectura o ingeniería civil, esculturas ornamentales, puentes, pasarelas, muros, monumentos, fuentes o elementos urbanos similares
  • actuaciones estables, como pueden ser los movimientos de tierra, la desecación de zonas húmedas o el depósito de residuos, siempre que se trate de operaciones ajenas a intervenciones de urbanización o edificación.
La obtención de licencia para este tipo de actuaciones urbanísticas requiere que el interesado acredite documentalmente la previa constitución de fianzas en garantía de:
  • reposición de pavimentos
  • eliminación de cables de suministros
  • demás obligaciones de limpieza y reparación de desperfectos producidos por las obras
  • en general, el cumplimiento íntegro de los deberes de urbanización señalados en la LOUA.
PROYECTOS DE EDIFICACION EN ESTEPONA















Daniel Trujillano, arquitecto

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