miércoles, 9 de octubre de 2013

Licencias de ocupación y utilización en Estepona (IV)

La licencia de ocupación y utilización en Estepona (IV)

Procedimiento de concesión. Contratos de servicios. Obras parcialmente ilegales.


La licencia de ocupación y de utilización tiene por objeto acreditar que las obras han sido ejecutadas de conformidad con el proyecto y con la licencia de obras, y que se encuentran debidamente terminadas y aptas según las determinaciones urbanísticas, ambientales y de seguridad de su destino específico.

Procedimiento para la concesión de licencia de ocupación y utilización

Terminada la ejecución de las obras, se deberá presentar en el Ayuntamiento de Estepona solicitud de Licencia de primera ocupación y utilización, acompañada de la documentación que corresponda. A partir de ese momento, los servicios municipales deben practicar, en el plazo máximo de un mes, una inspección final con emisión de informes concretos acerca de:
  • la adecuación de las obras ejecutadas al uso y a la actividad a que vayan destinadas
  • la correcta ejecución de las acometidas de servicios urbanos y de las obras de reposición y/o terminación de la urbanización en el entorno del inmueble.

Si alguno de los informes resultase desfavorable, se notificará al interesado para que subsane los reparos en el plazo máximo de un mes. Si todos los informes resultan favorables, se emitirá informe jurídico, propuesta de resolución y resolución de concesión de licencia, todo ello dentro del plazo máximo de dos meses contados desde la fecha de la solicitud.

Contratos de electricidad, agua, gas y telecomunicaciones

En Estepona, las empresas suministradoras de energía eléctrica, agua, gas y servicios de telecomunicaciones deben exigir, para la contratación definitiva de sus servicios, la Licencia de primera ocupación o utilización.

Ocupación o utilización de obras parcialmente ilegales

Si en una construcción o instalación existen partes que no se ajustan a la normativa urbanística en aspectos de detalle o de escasa entidad, puede obtenerse licencia de ocupación o utilización limitada a las partes que cumplan la normativa, siempre que dichas partes resulten técnica y funcionalmente susceptibles de ser utilizadas de forma independiente. En estos casos, el Ayuntamiento de Estepona puede exigir que se constituya garantía en cuantía suficiente para responder del coste de las obras necesarias para restaurar la legalidad urbanística.
PROYECTO Y DIRECCION DE OBRAS EN ESTEPONA














Daniel Trujillano, arquitecto

No hay comentarios:

Publicar un comentario